Notas informativas

Reconocimiento de los primeros rociadores ESFR en el marco del reglamento, RIPCI

01/09/2021

Tras las gestiones realizadas por TECNIFUEGO, Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios, para solucionar el grave problema que se había producido en el mercado por la paralización de importantes obras e instalaciones equipadas con rociadores ESFR, dos empresas fabricantes asociadas a TECNIFUEGO han recibido la resolución del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en la que aceptan estos rociadores ESFR en el marco del R.D. 513/2017 (Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios, RIPCI) y del Reglamento (UE) Nº 2019/515.

Esta resolución aprueba la solicitud presentada por TECNIFUEGO, junto con las asociaciones APICI y CEPREVEN, y que ha contado con la colaboración de EFSN, European Fire Sprinkler Network, reconociendo los argumentos técnicos y jurídicos, basados en la Disposición Adicional Primera, “Reconocimiento Mutuo” del RIPCI, recogidos en la misma y defendidos en las posteriores reuniones que mantuvimos con el Ministerio.

Esta resolución es válida en todo el territorio nacional y de obligada aceptación por todos los partícipes en el proceso de diseño, ejecución, evaluación, legalización y autorización de proyectos amparados en el RIPCI. Así mismo, indica el camino que deberán seguir los fabricantes de rociadores ESFR que quieran solicitar la conformidad de estos al RIPCI, siguiendo los pasos del procedimiento de reconocimiento mutuo establecido en dicho reglamento europeo.

Los rociadores ESFR han sido muy bienvenidos desde su aparición, en la década de 1980, debido a su eficacia. Incorporan una tecnología de respuesta rápida para permitir descargar el agua en menos tiempo.    

 

 

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